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Introducción
El 27 de Julio de 2006, la Unión Europea publicó el Reglamento (CE) del Consejo Nº 1198/2006, relativo al Fondo Europeo de la Pesca, que prevé ayuda financiera para facilitar la aplicación de la última reforma de la política pesquera común (PPC) y apoyar las reestructuraciones necesarias debidas a la evolución del sector pesquero y acuícola y que tendrá vigencia durante el período de programación 2007-2013, en sustitución del Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca (IFOP) que ha dado cobertura al sector pesquero desde el año 2000.
Este nuevo Fondo pasa a encuadrarse en la nueva categoría de "Conservación y Gestión de los Recursos Naturales", pero pese a ello mantiene un fuerte carácter estructural potenciándose en su gestión y medidas el respeto por los recursos naturales y el medioambiente marino, articulándose en torno a programas plurianuales y reduciendo los documentos programación dentro de la nueva filosofía comunitaria de simplificación administrativa.
El Reglamento que lo establece, así como el que lo desarrolla, el Reglamento (CE) nº 498/2007 de la Comisión, de 26 de marzo de 2007, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1198/2006 del Consejo relativo al Fondo Europeo de Pesca, fija sus ejes y objetivos prioritarios, definiendo las competencias y el marco financiero, estableciendo, asimismo, los procedimientos de programación, gestión, seguimiento y control del Fondo. Sus medidas se adaptan a las necesidades tanto del sector pesquero como de la acuicultura.
Objetivos del Fondo Europeo de Pesca
El F.E.P. tiene como objetivos los detallados en el Reglamento (CE) nº 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca, y que son:
- Apoyar la Política Pesquera Común a fin de asegurar la explotación sostenible de los recursos acuáticos vivos y de la acuicultura, en el contexto de un desarrollo sostenible.
- Promover un equilibrio sostenible entre los recursos acuáticos vivos y la capacidad de pesca de la flota pesquera comunitaria.
- Potenciar la competitividad de las estructuras de explotación y desarrollo de empresas económicamente viables en el sector de la pesca.
- Fomentar la protección y mejora del medio ambiente y de los recursos naturales cuando exista una relación con el sector pesquero
- Promover el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida en zonas con actividades en el sector de la pesca.
- Promover la igualdad entre hombres y mujeres en el desarrollo del sector pesquero y de las zonas de pesca.
Programación
Para su aplicación ha sido precisa la aprobación previa del Plan Estratégico Nacional (Vers.2007), ya actualizado a 2009 (Plan Estratégico Nacional Vers.2009), basado en un análisis de la realidad del sector pesquero nacional comprensiva de la situación del mismo en las diversas comunidades autónomas (Plan Estratégico de Pesca de Canarias), y en el que se establecen las principales líneas de acción para el sector, elaborándose posteriormente un único Programa Operativo, tanto para las zonas de convergencia, como para las de no convergencia, programa que goza de la flexibilidad suficiente para adaptarse al circunstancias que afectan al sector pesquero.
Para la culminación de la redacción del Programa Operativo Nacional y su posterior aprobación por las Autoridades Nacionales previa a su remisión a la Comisión Europea, el documento ha tenido que ser auditado y evaluado (Quasar Consultores, diciembre 2007) según lo establecido en el artículo 48 del Reglamento (CE) nº 1198/2006 de 27 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Pesca. En dicho artículo se establece que los objetivos de la evaluación previa del Programa Operativo del FEP son:
- Optimizar la asignación de recursos presupuestarios del Programa Operativo
- Incrementar la calidad de la programación
- Garantizar la coherencia con los principios orientativos enunciados en el artículo 19 del Reglamento, que se resumen en:
- La coherencia del programa operativo con la política pesquera común y el plan estratégico nacional
- El fomento de un desarrollo armonioso, equilibrado y sostenible desde un punto de vista económico, social y ambiental
- La distribución adecuada de los recursos financieros; o La distribución adecuada de los recursos financieros
- La promoción de actuaciones que contribuyan al cumplimiento de las Estrategias de Lisboa y de Gottemburgo
- La promoción del equilibrio entre hombres y mujeres
- La promoción de un desarrollo integrado sostenible
- La mejora de las capacidades institucionales y administrativas orientadas al desarrollo de la política pesquera común y la aplicación eficiente del programa operativo
Igualmente, y en cumplimiento a lo determinado en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, que incorpora a nuestro derecho interno la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se sometió, la memoria ambiental del programa, a informe por parte de los órganos competentes para ello, emitiéndose una resolución conjunta de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio climático del extinto Ministerio de Medio Ambiente y de la Secretaria General de Pesca Marítima del extinto Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Tras la adaptación del documento en función de los extremos indicados en los informes de evaluación preceptivos, fue remitido a la Comisión Europea que mediante Decisión de 13 de diciembre de 2007 aprobó el Programa Operativo de Pesca de España denominado CCI 2007 ES 14 FPO 001, de carácter pluriregional.
Con posterioridad a su aprobación y debido a las circunstancias especiales en las que se ha visto involucrado el sector en los ejercicios de 2007-2008, entre otras la carestía de los combustibles empleados en los barcos de pesca, la Unión Europea comenzó el estudió de determinadas medidas, (COM (2008) 453 Final Medidas para fomentar la adaptación del sector pesquero de la U.E. a las consecuencias económicas de los elevados precios de los combustibles), destinadas a aminorar las consecuencias de la crisis económica en el sector pesquero que finalmente estableció mediante la publicación del Reglamento (CE) nº 744/2008 del Consejo de 24 de julio de 2008 por el que se establece una acción específica temporal para promover la reestructuración de las flotas pesqueras de la Comunidad Europea afectadas por la crisis económica, A la vista de estos hechos, el Gobierno de España inicio, de acuerdo con las C.A.A.A., la adaptación del Plan Estratégico Nacional previa a la modificación del Programa Operativo de Pesca para el periodo 2007-2013, con la finalidad de adaptarlo a las nuevas circunstancias obteniendo, mediante la Decisión de la Comisión de fecha 8 de octubre de 2009 la aprobación del nuevo Programa Operativo que es el vigente en la actualidad (Programa Operativo para el sector pesquero español. 1ª modif. Junio 2009). La crisis financiera mundial y más particularmente, su incidencia en los sectores extractivo, transformador y acuícola ha impulsado a la Autoridad de Gestión del Programa a la realización de una nueva reprogramación de los Planes Financieros y del Programa Operativo, junto con las C.C.A.A., reprogramación que se aprobó por Decisión de la Comisión de fecha 25.02.2011, (Decisión C(2011) 1087 final, de 25 de febrero de 2011), que modifica la Decisión C(2007) 6615, de 13 de diciembre de 2007, por la que se aprueba el programa operativo de intervención comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España «Programa Operativo para el Sector Pesquero Español. (Programa Operativo 2007_2013 (Febrero 2011))
Con posterioridad a la citada reprogramación aprobada el pasado 25.02.2011 por la Comisión, en la que, para Canarias, se presupuestaba el Eje 4 para la medida 4.1 “ Desarrollo Sostenible de las Zonas de Pesca”, se insto la adaptación del citado «Programa Operativo para el Sector Pesquero Español de forma que se recogiese en la especificidad de esta medida 4.1 para Canarias lo que se realizó mediante la actualización del mismo (Programa Operativo 2007_2013 (Julio 2011)).
y acciones del Fondo Europeo de Pesca (F.E.P.)
El Reglamento (CE) nº 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca establece, para el cumplimiento de sus objetivos, cinco Ejes de acción. Estos ejes prioritarios se descomponen a su vez en Medidas, que son un conjunto de operaciones dirigidas a la ejecución de un eje prioritario, y en Acciones, que concretan la actuación de las medidas que podrán percibir financiación con cargo al FEP y que son los siguientes:
Plan financiero del el Fondo Europeo de Pesca para Canarias
La salida de Canarias de las regiones de convergencia y su incorporación a las de no convergencia, junto con la aplicación de nuevos criterios de asignación de los recursos dentro del Programa Operativo Pluriregional de España ha supuesto, para nuestra comunidad autónoma, una cuantiosa disminución de los recursos comunitarios y estatales consignados en el Plan Financiero que da cobertura a las actuaciones recogidas en el programa del Fondo Europeo de Pesca (FEP) para Canarias en comparación con el marco anterior 2000-2006. Para compensar parcialmente este hecho, el Gobierno de Canarias ha realizado un esfuerzo para dotar casi al 50% su Plan Financiero cuyo desglose por ejes y fuentes de financiación (en euros) tras la reprogramación aprobada el pasado 25.02.2011, es el siguiente:
| EJE PRIORITARIO / MEDIDA |
COSTE ELEGIBLE |
CRÉDITOS F.E.P. |
AYUDA NACIONAL (1 + 2) |
C.A.C. (1) |
A.G.E. (2) |
| Eje 1 |
12.094.058,88 |
4.876.063,13 |
5.197.322.32 |
3.418.873,68 |
1.778.448,65 |
| Eje 2 |
43.876.030,42 |
12.083.726,83 |
20.728.350,13 |
15.101.908,84 |
5.626.441,29 |
| Eje 3 |
10.302.719,15 |
4.209.569,33 |
6.093.149,82 |
6.093.149,82 |
0,00 |
| Eje 4 |
5.783.412,40 |
1.156.682,48 |
3.772.362,18 |
3.635.143,06 |
137.219,12 |
| Eje 5 |
2.564.610,32 |
1.272.547,24 |
1.292.063,09 |
1.292.063,09 |
0,00 |
| TOTAL |
74.620.831,17 |
23.598.589,01 |
37.083.247,54 |
29.541.138,49 |
7.542.109,05 |

El plan financiero anterior, al que sustituye el aprobado el pasado 25.02.2011 era el que se detalla:
| EJE PRIORITARIO / MEDIDA |
COSTE ELEGIBLE |
CRÉDITOS F.E.P. |
AYUDA NACIONAL (1 + 2) |
C.A.C. (1) |
A.G.E. (2) |
| Eje 1 |
12.845.336,42 |
5.120.893,81 |
5.398.295,78 |
3.713.525,55 |
1.684.770,23 |
| Eje 2 |
49.545.684,63 |
13.805.174,58 |
23.182.833,24 |
17.325.494,42 |
5.857.338,83 |
| Eje 3 |
11.178.481,71 |
3.964.562,95 |
7.213.918,76 |
7.213.918,76 |
0,00 |
| Eje 4 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
| Eje 5 |
1.996.157,44 |
707.957,66 |
1.228.199,78 |
1.228.199,78 |
0,00 |
| TOTAL |
75.565.660,20 |
23.598.589,00 |
37.083.247,66 |
29.541.138,51 |
7.542.109,05 |


Ver Plan Financiero
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